Con miras a garantizar la soberanía alimentaria de la población colombiana se ponen en consideración
las siguientes diez propuestas:
1.Constitucionalización del derecho a la soberanía alimentaria y
definición
del derecho a la alimentación como un derecho fundamental.
Se constitucionalizará y
garantizará el derecho a la soberanía alimentaria en
atención a que el pueblo
colombiano tiene el derecho a definir sus propias
políticas y estrategias
sustentables de producción, comercialización y
consumo de alimentos para
garantizar la alimentación de toda la población,
con fundamento en la
producción interna de alimentos, respetando y
estimulando la cultura
propia, la diversidad de los modos de producción y
consumo campesinos,
pesqueros, indígenas y afrodescendientes, el lugar
central que en ellos
ocupan las mujeres, así como la capacidad que estas
comunidades poseen para
gobernar sus territorios. La soberanía alimentaria
se basará en sistemas
diversificados de producción con tecnologías
socioa-mbientalmente
sostenibles. El derecho a la alimentación sana,
nutritiva y culturalmente
adecuada en cantidad y calidad suficientes para
el buen vivir, se definirá como derecho fundamental.
2. Erradicación del hambre y la desnutrición
provocadas por la desigualdad y la pobreza.
La erradicación del hambre y la desnutrición
provocadas por la desigualdad y
la pobreza se convertirán
de inmediato en política prioritaria del Estado.
Para tal efecto, se
diseñará un Programa Especial de Hambre Cero que
contará con recursos
extraordinarios de presupuesto y de destinación
específica en suma equivalente
al uno por ciento del PIB, provenientes de
la reducción del actual
gasto en seguridad y defensa, y se fundamentará al
menos en las siguientes
acciones: - Definición de una canasta básica de
alimentos, con los
estándares requeridos para una alimentación sana y
nutritiva, a ser
garantizada gratuitamente por el Estado a toda la
población rural y urbana
que padece de hambre. - La canasta básica será
adquirida por el Estado a
través de centrales regionales y locales de
compras directas de alimentos
a los productores campesinos, de comunidades
indígenas y
afrodescendientes. Se estimulará la producción de alimentos
hasta lograr el
autoabastecimiento. - Desconcentración y redistribución
de la propiedad sobre la
tierra y adjudicación gratuita a campesinos sin
tierra, a trabajadores y
proletarios agrícolas, a pobladores urbanos en
condiciones de pobreza y
en especial a mujeres; acompañada de la garantía
al acceso a agua,
semillas, razas de animales, recursos genéticos y crédito
subsidiado, entre otros,
y del fomento a la producción y el consumo de
alimentos en esas
tierras. - Implementación de programas de generación
de empleo rural y urbano
y apoyo a las economías rurales y populares, con
miras a mejorar las
condiciones de ingreso y la capacidad adquisitiva de la
población que padece el
hambre, la pobreza y la desigualdad.
3. Oferta suficiente, estable, salubre y
ambientalmente sostenible de alimentos para
el consumo de la población.
El patrón productivo
rural y agrario sereencauzará para garantizar el
autoabastecimiento alimentario, es decir,una
oferta estable, salubre y
ambientalmente sostenible de alimentos para el consumo de la población.
La base
de dicho patrón serán la producción
campesina de alimentos,
individual, colectiva o asociativa, y las economías
de comunidades indígenas
y afrodescendientes, sin perjuicio de otros
sistemas de producción
siempre y cuando tengan los mismos propósitos. Una
oferta de alimentos con
las características señaladas se fundamenta entre
otras en:
a) Un ordenamiento espacial y territorial que garantice
las
Zonas de Producción
Campesina de Alimentos y las Zonas de Reserva
Campesina, así como los
territorios de comunidades indígenas y
afrodescendientes.
b) La promoción, protección y el subsidio de una
agricultura
ambientalmente sostenible en sus diferentes componentes (uso de
energía renovable, manejo
de semillas, control biológico de plagas,
fertilización con abonos
orgánicos, uso racional del agua), incluidas
políticas de
investigación y desarrollo. c) De manera especial, la
recuperación de la
producción y el autoabastecimiento de cereales, en
particular de trigo y de
maíz para el consumo humano, así como de otros
productos nativos de alto
valor nutritivo. d) La definición de una
política de conservación
y protección de las semillas nativas naturales, no
susceptibles de
apropiación privada, con la participación de escuelas
agroecológicas,
universidades y centros públicos de investigación. e)
La promoción y el
estímulo a la agregación de valor, incluido el
procesamiento industrial
por parte de pequeños y medianos productores de
alimentos.
f) La garantía estatal de la salubridad alimentaria
mediante
el restablecimiento de la
soberanía sobre los sistemas de gestión y
certificación de la
producción y la comercialización de alimentos,
incluidas prohibiciones o
estrictas regulaciones, según el caso, en el uso
de fungicidas, pesticidas
y otros agroquímicos, así como en el uso de
transgénicos.
g) La implementación y el acceso de los productores
rurales a sistemas de
información agrícola que faciliten y posibiliten el
ordenamiento productivo y
el acceso al mercado, cuando a ello hubiere lugar.
h) El
autoabastecimiento alimentario no excluye la exportación de
alimentos.
4.
Garantía de acceso al consumo de alimentos por parte de
la población.
La generación
de una oferta estable y duradera de
alimentos debe
acompañarse de la garantía al acceso en forma permanente en
el tiempo y el espacio al
consumo de alimentos y a su distribución
equitativa. El consumo de
alimentos se encuentra en primera instancia en
función de situación
socioeconómica de los consumidores, razón por la cual
la soberanía alimentaria
guarda una relación estrecha con la política
económica y con el modelo
económico, en general. Garantizar el acceso
al consumo de alimentos
presume el mejoramiento de las condiciones de vida
y de trabajo de la
población. Para ello, son necesarias políticas y
acciones tendientes a la
superación de la escandalosa concentración de la
propiedad y la riqueza
social, la generación de trabajo digno y bien
remunerado, y la
erradicación de la profunda desigualdad social y la
pobreza. La implantación
de una renta básica de ciudadanía, universal y sin
condiciones, provista por
el Estado, representaría un primer paso
reformista en esa
dirección. El acceso al consumo de alimentos exige,
de manera particular,
entre otros: a) Definición y organización de la
estructura del acceso,
considerando los alimentos a ser provistos por el
mercado, aquellos que
provienen de sistemas tradicionales o del
autoabastecimiento y los
que serán suministrados por los programas
estatales.
b) Definición y promoción de hábitos y patrones de
consumo
alimentario salubre y
nutricional. c) Educación alimentaria y
tradicional, incluida la
protección y el rescate de la cultura tradicional.
d)
Disponibilidad, calidad y acceso a servicios de agua potable,
saneamiento básico,
energía eléctrica y salud e) Acercamiento de la
producción al consumo
Se proscribirá de manera expresa la utilización de
la alimentación y del
acceso a los alimentos dentro de las estrategias de
guerra.
5.
Estímulo a la producción campesina de alimentos, así como a
las economías de comunidades indígenas y afrodescendientes.
Para efectos
de garantizar la
soberanía y la seguridad alimentarias, la protección, el
estímulo y el subsidio a
la producción campesina de alimentos ocupa un
lugar central y
prioritario. Existe suficiente demostración y evidencia
empírica acerca de los
altos índices de productividad de la economía
campesina, que justifican
la necesidad de una política estatal de apoyo a
esta economía. Igual
trato requieren las economías y de comunidades Indígenas
y afrodescendientes y las
comunidades que viven de la pesca
tradicional.
Además del argumento de productividad, se encuentran razones
culturales, de
sostenibilidad socio-ambiental,
de salubridad y de justicia territorial, así
como de acortamiento de
la cadena alimentaria y de reducción del número de
intermediarios.
La producción agrícola, la pesca, la ganadería familiar,
y el procesamiento de
alimentos en las Zonas de Producción Campesina de
Alimentos y las Zonas de
Reserva Campesina se destinarán en primera
instancia al
autoabastecimiento alimentario y nutricional de dichos
territorios. La
producción de excedentes se destinará para intercambios
interregionales y para el
abastecimiento del mercado interno. No se excluye
la actividad exportadora
de excedentes, en el marco de los procesos de
integración latinoamericana.
Se diseñará y pondrá en marcha un Programa
de producción campesina
de alimentos, fundamentado en la definición precisa
de los territorios
campesinos, la asignación de específica de recursos de
presupuesto, la
asistencia técnica, tecnológica e investigativa, y el
crédito y el seguro
subsidiados. Asimismo, en la concertación previa con
las comunidades
campesinas. Se regularán los precios a través de precios de
sustentación. Se
conformará un sistema de compras estatales regionales y
locales de absorción de
la oferta campesina. Se desarrollarán estándares
propios de salubridad de
la producción campesina, adecuados a escala y
contexto, con la
participación de productores y consumidores directos. Las
comunidades indígenas y
afrodescendientes serán incorporadas al programa,
previa concertación.
6.
Encadenamientos productivos entre diversos modelos de producción de alimentos.
La consolidación de un sistema
de soberanía alimentaria no excluye la coexistencia
de diversos modelos de producción, basada
en la generación de un equilibrio entre
economía campesina,
agroindustria y ganadería, que respete las condiciones
agroecológicas y
ecosistémicas de la tierra y el territorio. Admite
igualmente la
conformación de encadenamientos productivos tendientes a un
uso racional de la tierra
y demás los recursos para la agricultura,
incluida el agua, sobre
bases socio-ambientalmente sostenibles y
regulaciones estrictas
que garanticen la organización y la distribución
equitativa de la
producción y sus beneficios entre los diferentes
componentes de tales
encadenamientos. Los encadenamientos productivos
podrán ser verticales u
horizontales, y en diferente escala. Su propósito
principal será el
abastecimiento del mercado interno, sin excluir la
posibilidad de realización
de actividades de comercio exterior.
7.Protecciones
especiales a la producción y la comercialización de alimentos.
Considerando
que la soberanía alimentaria se encuentra asediada desde
los más variados ángulos,
la producción de alimentos para el
autoabastecimiento del
mercado interno contará con diversas medidas de
protección especial,
dentro de las cuales se encuentran las protecciones
frente a:
a) Las presiones de cambio en los usos de la tierra
impuestas
por las economías de
extracción minero-energética, la construcción de
represas, la producción
de agro-combustibles y los megaproyectos de
infraestructura.
b) La imposición de paquetes tecnológicos y de
patrones de consumo por
parte de las corporaciones transnacionales de la
alimentación, incluidas
las patentes sobre semillas, razas de animales y
genes. Igualmente, la
imposición de sistemas de certificación
fitosanitaria, de
trazabilidad y de garantía de salubridad que favorecen a
dichas corporaciones.
c) La importación de alimentos y, en general, las
normas impuestas en los
tratados de libre comercio. d) Los precios
internacionales al alza
producto de la especulación financiera. e) La
extranjerización de la
tierra para megaproyectos de producción de
agro-combustibles.
f) Las aspersiones aéreas con glifosato y otras
sustancias químicas que
afectan los productos de pancoger.
8. Relacionamiento
equitativo entre productores rurales y consumidores urbanos
de alimentos.
La soberanía alimentaria
demanda una política de
abastecimiento
alimentario que propicie un relacionamiento equitativo entre
productores rurales y
consumidores urbanos a través del sistema de compras
estatales regionales y
locales, de redes urbano-rurales que vinculen a
productores y
consumidores directos, de la supresión de las redes de
intermediación que
imponen precios elevados a los insumos y los productos
finales, y
particularmente del estímulo y la promoción de los mercados
campesinos e interétnicos
a lo largo y ancho del territorio nacional. Con
miras a estimular la
equidad urbano-rural en el abastecimiento de alimentos
se diseñará y pondrá en
marcha un programa especial de promoción de
economías urbano-rurales,
que incluye el procesamiento, basadas en la
asociatividad y la
cooperación.
9.
Provisión de infraestructurafísica para la producción, la comercialización
y el acceso a los mercados.
La soberanía
alimentaria exige la provisión y el desarrollo de la
correspondiente
infraestructura física para la producción, la
comercialización y el
acceso a los mercados. Dicha infraestructura que
incluye, entre otros,
dotaciones con medios de producción, tecnología,
embalaje, vías de
comunicación, transporte, centros de acopio y
comercialización, será
diseñada de manera conjunta con las comunidades
rurales. Para tal efecto,
se diseñará y pondrá en marcha un programa
especial de
infraestructura para la producción de alimentos.
10.
Participación democrática, social y popular en el diseño y puesta en
marcha
de políticas alimentarias y nutricionales. La soberanía alimentaria se
fundamenta en la más
amplia participación democrática, social y popular en
el diseño y puesta en
marcha de las políticas alimentarias y nutricionales,
incluido el
reconocimiento y el respeto por la autonomía de las comunidades
campesinas, indígenas y
afrodescendientes, así como el estímulo a la
organizaciones campesinas
en sus diferentes modalidades. Se creará el
Consejo Nacional de
Alimentación y Nutrición, con participación de estas
comunidades y
organizaciones.
*Samuel Barinas Varela*
Corfisocial
No comments:
Post a Comment